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Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Artículo 30. Tipos impositivos.

Artículo 30. Tipos impositivos.

El impuesto se exigirá conforme a los siguientes epígrafes:

Epígrafe 1. Vinos tranquilos. 0 pesetas por hectolitro.

Epígrafe 2. Vinos espumosos. 0 pesetas por hectolitro.

Epígrafe 3. Bebidas fermentadas tranquilas. 0 pesetas por hectolitro.

Epígrafe 4. Bebidas fermentadas espumosas. 0 pesetas por hectolitro.

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