Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Artículo 30. Tipos impositivos.
Artículo 30. Tipos impositivos.
El impuesto se exigirá conforme a los siguientes epígrafes:
Epígrafe 1. Vinos tranquilos. 0 pesetas por hectolitro.
Epígrafe 2. Vinos espumosos. 0 pesetas por hectolitro.
Epígrafe 3. Bebidas fermentadas tranquilas. 0 pesetas por hectolitro.
Epígrafe 4. Bebidas fermentadas espumosas. 0 pesetas por hectolitro.


