Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Artículo 35. Infracciones y sanciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 1 de julio de 2004.
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Artículo 35. Infracciones y sanciones.
En los supuestos que a continuación se indican se impondrán las sanciones especiales que para cada uno se detallan: Constituyen infracciones tributarias graves:
a) La existencia de diferencias en más en relación con el grado alcohólico volumétrico adquirido del vino o las bebidas fermentadas en existencias en una fábrica de productos intermedios o utilizados en la misma.
La infracción se sancionará con sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 100 por 100 ciento de la cuota que correspondería a la diferencia expresada en hectolitros de alcohol puro, aplicando el tipo impositivo establecido para el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas.
b) La existencia de diferencias en menos en relación con el grado alcohólico volumétrico adquirido de los productos intermedios en proceso de fabricación, en existencias en fábrica o salidos de ella.
La infracción se sancionará con sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 100 por 100 ciento de la cuota que correspondería a la diferencia expresada en hectolitros de alcohol puro, aplicando el tipo impositivo establecido para el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas.
c) La existencia de diferencia en más en primeras materias, distintas del alcohol y las bebidas derivadas, en fábricas de productos intermedios, que excedan de los porcentajes autorizados reglamentariamente.
La infracción se sancionará con sanción consistirá en multa equivalente al pecuniaria proporcional del 100 por 100 ciento de la cuota que correspondería a los productos intermedios a cuya fabricación fuesen a destinarse las primeras materias, presumiéndose que, salvo prueba en contrario, los productos intermedios a que iban a destinarse tendrían un grado alcohólico volumétrico adquirido superior al 15 por 100 ciento vol.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2004 En vigor | BOE-A-2003-23186 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2002-25412 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


