LexTotal

Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Artículo 81. Sujetos pasivos.

Artículo 81. Sujetos pasivos.

1. Son sujetos pasivos del impuesto los productores o extractores, importadores o adquirentes intracomunitarios de carbón y los empresarios revendedores que realicen las ventas o entregas o las operaciones de autoconsumo sujetas al impuesto.

2. En los supuestos regulados en el segundo párrafo del artículo 79.2, serán sujetos pasivos los empresarios adquirentes de carbón que lo destinen a su consumo en el ámbito territorial de aplicación del impuesto.

Se añade por el art. 2.15 de la Ley 22/2005, de 18 de noviembre. BOE-A-2005-19003

← Artículo 80 Índice Artículo 82 →