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Legislación › Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.

Artículo 42. Aprobación de índices o módulos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1993 y la del 18 de enero de 1998. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 42. Aprobación de índices o módulos.
1. Corresponde al El Ministro de Economía y Hacienda la aprobación de aprobará los índices o índices, módulos para la determinación y demás parámetros a efectos de las cuotas tributarias lo dispuesto en el régimen simplificado. artículo 123, apartado uno de la Ley del Impuesto.
2. La Orden u Ordenes ministeriales podrán ministerial podrá referirse a un período de tiempo superior al año, en cuyo caso se determinará por separado el método de cálculo de las cuotas tributarias correspondientes correspondiente a cada uno de los años comprendidos.
3. Las Ordenes ministeriales deberán La Orden ministerial deberá publicarse en el «Boletín "Boletín Oficial del Estado» Estado" antes del día 1 del mes de diciembre anterior al inicio del período anual de aplicación correspondiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de enero de 1998 En vigor BOE-A-1998-1000 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 Texto original Leer

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