Legislación › Ley 1/1992, de 17 de febrero, de medidas para la ordenación integral del Somontano del Moncayo.
Artículo 11. Desarrollo.
Artículo 11. Desarrollo.
1. Como desarrollo del Programa, podrán suscribirse Convenios entre la Diputación General y las Administraciones locales interesadas en la ejecución de proyectos concretos y dispuestas, igualmente, a participar en su financiación
2. Los Convenios contendrán, al menos:
a) Mención de las acciones que se van a emprender, con la programación de su aplicación.
b) Reparto de la participación, en su financiación de las Administraciones que suscriban el Convenio y cuantas obligaciones, en general, asuma cada Administración.
c) Designación de los Entes u órganos encargados de la ejecución del Convenio o, en su caso, relación de las acciones concretas a ejecutar por cada una de las Administraciones.
d) Especificación del apoyo técnico a prestar por las diferentes Administraciones públicas


