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Legislación › Ley 1/1992, de 17 de febrero, de medidas para la ordenación integral del Somontano del Moncayo.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales:

1. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Moncayo deberá elaborarse en el plazo máximo de un año desde la aprobación definitiva del Programa de ordenación integral. En el proceso de redacción del Plan se dará audiencia al Consejo de Coordinación.

2. En tanto sea aprobado este Plan, la Diputación General de Aragón aplicará al Somontano del Moncayo las normas actualmente vigentes sobre protección urbanística y de la naturaleza o las que las sustituyan.

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