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Legislación › Ley 6/1992, de 27 de marzo, por la que se declara Reserva Natural a las Marismas de Santoña y Noja.

Artículo 7. Financiación.

Artículo 7. Financiación.

1. Para atender a las actividades, trabajos y obras de conservación, mejora e investigación, así como a los gastos generales de la Reserva Natural, figurarán las correspondientes consignaciones presupuestarias en los Presupuestos Generales del Estado.

2. A los mismos efectos, se podrá disponer también de toda clase de aportaciones y subvenciones de entidades públicas y privadas, así como de los particulares.

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