Legislación › Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.
Segunda.
Segunda.
El Gobierno, a propuesta del Ministro del Interior, previo informe de la Comisión Nacional de Protección Civil, podrá determinar qué otros riesgos potenciales pueden ser objeto de regulación a través de Planes Especiales, en función del conocimiento disponible sobre el alcance y magnitud de sus consecuencias.


