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Legislación › Ley 8/1993, de 19 de abril, de reconocimiento de la Universidad «San Pablo-CEU», de Madrid.

Artículo 4. Requisitos de acceso.

Artículo 4. Requisitos de acceso.

1. Para el acceso a los centros de la Universidad «San Pablo-CEU», de Madrid, será necesario haber superado previamente las pruebas de aptitud conforme a las normas generales reguladoras de las mismas, pruebas que se llevarán a cabo en una Universidad pública.

2. La Universidad regulará libremente el régimen de acceso y permanencia del alumnado en sus centros. No obstante, deberá atribuir una valoración preferente a los resultados académicos entre los distintos méritos que aleguen los solicitantes.

3. La Universidad cuidará de que en el derecho de acceso y permanencia no exista regulación o situación práctica de hecho que suponga una discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

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