Legislación › Orden 43/1993, de 21 de abril, sobre Régimen del Alumnado de los Centros docentes militares de formación.
Art. 11. Guardias y servicios.
Art. 11. Guardias y servicios.
Los alumnos de los Centros docentes militares de formación llevarán a cabo las guardias y servicios que, de acuerdo con las necesidades de formación en la materia, instrucción y adiestramiento, fije la dirección del centro correspondiente.


