Legislación › Real Decreto 1430/1992, de 27 de noviembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios y de identidad de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros.
Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogados los artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del Real Decreto 495/1990, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones sanitarias que deben reunir los animales vivos de las especies bovina y porcina importados de países terceros.
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