LexTotal

Legislación › Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats.

Artículo 7.

Artículo 7.

Se declara protegida la fauna silvestre en Navarra, por lo que el ejercicio de las actividades que afecten o puedan afectar a la fauna silvestre está sujeto a las limitaciones y prohibiciones que se determinen conforme a esta Ley Foral y a las disposiciones que la completen o desarrollen.

← Artículo 6 Índice Artículo 8 →