LexTotal

Legislación › Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid.

Artículo 9.

Artículo 9.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid fomentará la conservación de los documentos que, por no haber alcanzado la antigüedad señalada en los artículos 6 y 7 no estén incluidos en le patrimonio documental madrileño.

← Artículo 8 Índice Artículo 10 →