Legislación › Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 14.
Artículo 14.
Las Consejerías y demás organismos de la Comunidad Autónoma comunicarán a la Consejería de Economía, Hacienda y Fomento, cualquier incorporación o variación por modificación que se produzca respecto de los bienes y derechos que tengan afectados, o adscritos, a efectos de la formación y puesta al día del Inventario General.


