Legislación › Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Para el año 1993, el módulo de valor (M) al que se hace referencia en el artículo 2 del presente Real Decreto se fija en 72.000 pesetas/m2.
En función de la dinámica actual del mercado inmobiliario y teniendo en cuenta que los costes y beneficios varían con los distintos tipos de promoción, se establece una oscilación para el factor de diversificación del suelo, de 2,80 a 0,18, y una oscilación para el factor de diversificación de la construcción de 1,30 a 0,80, definidos ambos en la norma 16 del anexo al presente Real Decreto, que dan como resultado los siguientes valores:
Valores de repercusión de suelo:
MBR1 = 42.300 pesetas/m2.
MBR2 = 30.200 pesetas/m2.
MBR3 = 21.900 pesetas/m2.
MBR4 = 15.100 pesetas/m2.
MBR5 = 8.300 pesetas/m2.
MBR6 = 5.000 pesetas/m2.
MBR7 = 2.700 pesetas/m2.
Valor de las construcciones:
MBC1 = 46.800 pesetas/m2.
MBC2 = 43.200 pesetas/m2.
MBC3 = 39.600 pesetas/m2.
MBC4 = 36.000 pesetas/m2.
MBC5 = 34.200 pesetas/m2.
MBC6 = 32.400 pesetas/m2.
MBC7 = 28.800 pesetas/m2.
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