LexTotal

Legislación › Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.

Artículo 41.

Artículo 41.

La participación de los residentes españoles en el exterior se articulará a través de los Consejos de Residentes españoles. A tal efecto, dichos Consejos serán oídos con carácter previo a las decisiones a las que se refieren los anteriores artículos 38 y 39 del presente Real Decreto.

← Artículo 40 Índice Artículo 42 →