LexTotal

Legislación › Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

En el plazo de un año las Administraciones Públicas elaborarán un catálogo de espacios y edificios de su titularidad pendientes de adaptación, que será remitido al Consejo Asesor para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas.

← Artículo 40 Índice Disposición adicional segunda →