Legislación › Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas.
Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera.
Se faculta al Consejo de Gobierno para que, por decreto, actualice periódicamente la cuantía de las sanciones económicas contenidas en la presente Ley.
El aumento o la disminución nunca podrá ser superior al tanto por ciento de variación que experimente el Índice de Precios al Consumo.
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