Legislación › Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera.
Los planes generales de ordenación urbana, las normas subsidiarias y otros instrumentos de planeamiento se adaptarán a lo que se determina en la presente ley en un plazo no superior a cinco años.
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