Legislación › Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.
Art. 38. Expropiación.
Art. 38. Expropiación.
La Administración de la Generalidad y las Administraciones locales pueden acordar la expropiación, por causa de interés social, de los inmuebles que dificulten la utilización o la contemplación de los bienes culturales de interés nacional, atenten contra su armonía ambiental o conlleven un riesgo para su conservación.


