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Legislación › Ley 11/1993, de 22 de octubre, de Competencias de las Diputaciones Provinciales a la Generalidad de Cataluña en Materia de Juventud.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

El Gobierno de la Generalidad delegará en los Consejos comarcales las competencias que le corresponden en la materia objeto de la presente Ley, salvo aquellas que precisen unidad de gestión. La delegación de competencias irá acompañada de los correspondientes recursos económicos.

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