Legislación › Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, en el ámbito de sus competencias, las normas necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.


