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Legislación › Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Disposición adicional decimotercera.

Disposición adicional decimotercera.

El personal que realice guardias de presencia física o localizada percibirá, en función del nivel, las retribuciones establecidas a continuación:

Precio guardia actual
  Nivel A Nivel B Nivel C Niveles D y E
Presencia física. 30,29 18,18 14,53 11,61
Localizada. 15,16 9,086 7,24 5,81

Estas cantidades se actualizarán anualmente en el porcentaje que se determine en la correspondiente Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra.

Se añade por el art. único.12 de la Ley Foral 11/2023, de 29 de marzo. BOE-A-2023-10135

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