Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Artículo 36. Personas obligadas a presentar declaración.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 31 de diciembre de 2005.
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Artículo 36. Personas obligadas a presentar declaración.
1. Están obligados a presentar declaración:
a) Los sujetos pasivos del impuesto Impuesto cuando su base imponible resulte superior a 25.000.000 de pesetas, 300.506,06 euros, o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, Impuesto, resulte superior a 100.000.000 de pesetas. 601.012,10 euros.
b) Los sujetos pasivos que tributen por obligación real, cualquiera que sea el valor de su patrimonio neto.
2. No obstante lo dispuesto en el número anterior, el Departamento de Economía y Hacienda podrá requerir a cualquier sujeto pasivo la presentación de la correspondiente declaración.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1017 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-503 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-1546 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-3960 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2005 | BOE-A-2006-846 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1999-2523 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1995 | BOE-A-1995-7062 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


