Legislación › Ley 3/1993, de 16 de julio, del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
En tanto se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo será de aplicación lo establecido para los órganos colegiados en el capítulo II del título de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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