LexTotal

Legislación › Orden de 24 de noviembre de 1993 por la que se dispone la publicación del Acuerdo sobre asistencia religiosa católica en los Establecimientos penitenciarios.

ANEXO I

ANEXO I

El número de Sacerdotes que deban prestar la asistencia religiosa católica en los Establecimientos penitenciarios se determinará con arreglo a los siguientes datos:

Número de internos

por Establecimiento

Número

de Capellanes

Jornada

Hasta 250

1

Completa.

De 250 a 500

2

Uno de jornada completa y otro de media jornada.

De 500 a 1.000

3

Dos de jornada completa y uno de media jornada.

De 1.000 a 1.500

3

Completa.

De 1.500 a 2.000

4

Completa.

De 2.000 en adelante

5

Completa.

En el número total de Capellanes se incluye el de los funcionarios que integran el Cuerpo de Capellanes de Instituciones Penitenciarias. Los Capellanes dedicarán a su actividad religiosa ordinaria, seis días semanales, durante seis horas y quince minutos los de jornada completa, y durante tres horas los de media jornada.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 313, de 31 de diciembre de 1993. BOE-A-1993-31240.

← Disposición adicional segunda Índice