Legislación › Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento.
Artículo 53. Resoluciones municipales.
Artículo 53. Resoluciones municipales.
Las resoluciones municipales deberán ser comunicadas a la Agencia de Medio Ambiente en el plazo de quince días.
Cuando la Agencia de Medio Ambiente considere que una resolución municipal infringe lo establecido en la presente Ley, podrá proceder de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.


