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Legislación › Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva.

Artículo 51. Motivación de providencias y resoluciones.

Artículo 51. Motivación de providencias y resoluciones.

Las providencias y resoluciones deberán ser motivadas en los casos previstos en la legislación del Estado sobre procedimiento administrativo común y cuando así se disponga en el presente Real Decreto o en el resto de la normativa deportiva.

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