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Legislación › Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Artículo 21.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 1993 y la del 5 de noviembre de 2020. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 21.
Las armas, armazones o piezas fundamentales componentes esenciales inútiles o defectuosas, en cualquier estado de fabricación, que no puedan ser aprovechadas, serán convertidas en chatarra.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de noviembre de 2020 En vigor BOE-A-2020-9134 Leer Qué cambió
5 de mayo de 1993 Texto original Leer

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