Legislación › Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Armas históricas y artísticas
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 1993 y la del 5 de noviembre de 2020.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (61 palabras).
Volver al texto en vigor
Armas antiguas, históricas y artísticas. Armas de avancarga y de sistema «Flobert». Armas acústicas y de salvas. Armas inutilizadas
Téngase en cuenta que la última actualización establecida por el art. 1.36 del Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto. BOE-A-2020-9134, entra en vigor el 5 de noviembre de 2020 según determina la disposición final 5 del citado real decreto:
Redacción anterior:
"Armas históricas y artísticas. Armas de avancarga y de sistema «Flobert». Armas inutilizadas."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de noviembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-9134 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1993 | Texto original | Leer |


