Legislación › Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
El presente Real Decreto y el Reglamento de Armas aprobado por él entrarán en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
← Disposición derogatoria única Índice Disposición final segunda →


