Legislación › Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer.
Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de marzo de 1993 y la del 13 de abril de 1998.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
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Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
1. Se crea el Instituto Aragonés de la Mujer como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Presidencia al Departamento de la Diputación General. Presidencia y Relaciones Institucionales.
Tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
2. El Consejo Rector estará presidido por el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2018 En vigor | BOE-A-2018-11932 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2004-2227 | Leer | Qué cambió |
| 13 de abril de 1998 | BOE-A-1998-10589 | Leer | Qué cambió |
| 2 de marzo de 1993 | Texto original | Leer |


