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Legislación › Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer.

Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de abril de 1998 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
1. Se crea el Instituto Aragonés de la Mujer como organismo autónomo de carácter administrativo autónomo, adscrito al Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de Presidencia y Relaciones Institucionales. servicios sociales.
2. Tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
2. 3. El Consejo Rector estará presidido por el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno competente en materia de Aragón. servicios sociales.»

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2018 En vigor BOE-A-2018-11932 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-2227 Leer Qué cambió
13 de abril de 1998 BOE-A-1998-10589 Leer Qué cambió
2 de marzo de 1993 Texto original Leer

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