Legislación › Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer.
Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2004 y la del 30 de julio de 2018.
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Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
1. Se crea el Instituto Aragonés de la Mujer como organismo autónomo, autónomo adscrito al Departamento de Presidencia o, en su caso, al que tenga atribuidas las competencias figure en materia primer lugar en el orden de servicios sociales. prelación en el decreto de estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. Tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
3. El Consejo Rector estará presidido por el Consejero competente en materia de servicios sociales.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2018 En vigor | BOE-A-2018-11932 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2004-2227 | Leer | Qué cambió |
| 13 de abril de 1998 | BOE-A-1998-10589 | Leer | Qué cambió |
| 2 de marzo de 1993 | Texto original | Leer |


