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Legislación › Ley 1/1994, de 28 de marzo, de Salud Escolar.

Artículo 2.

Artículo 2.

1. La Ley de Salud Escolar tiene por objeto: La educación para la salud, la conservación y fomento de la salud física, psíquica y social del escolar.

2. Para alcanzar estos objetivos, la Ley de Salud Escolar propone realizar un conjunto de programas y actividades dirigidos a conseguir el desarrollo máximo de las potencialidades de salud de la comunidad escolar, y a aumentar la capacidad de utilización de los recursos individuales y colectivos, para cuidar y mejorar la salud.

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