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Legislación › Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas en el Principado de Asturias.

ANEXO III

ANEXO III

Q = [37500 . P/ (h + 20)]

Donde:

"Q", es el consumo mensual facturable en metros cúbicos.

"P", es la potencia nominal del grupo o grupos de elevadores expresada en Kilovatios.

"h", es la profundidad dinámica media del acuífero en la zona considerada, expresada en metros.

Se añade por el art. 6.16 de la Ley autonómica 4/2000, de 30 de diciembre. BOE-A-2001-3992.

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