Legislación › Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994.
Artículo 15.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de mayo de 2008 y la del 15 de noviembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 15.
1. Tras su constitución, el Senado procederá a elegir los miembros de la Comisión de Incompatibilidades. (Suprimido)
2. No podrán formar parte de la Comisión los Senadores que, a juicio de la Mesa, puedan estar incursos en las normas relativas a incompatibilidades ni, en cualquier caso, aquellos que ocupen puestos o cargos de libre designación del Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-23055 | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2008 | BOE-A-2008-8812 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 1994 | Texto original | Leer |


