Legislación › Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994.
Artículo 29.
Artículo 29.
Podrán incorporarse a los diversos Grupos parlamentarios creados los Senadores que expresen su voluntad de hacerlo así mediante escrito dirigido a la Presidencia de la Cámara. Este escrito deberá llevar el visto bueno del Portavoz del Grupo correspondiente.


