Legislación › Ley 15/1993, de 28 de diciembre, por la que se crea el Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad de Cataluña.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se faculta al Gobierno para desarrollar la presente Ley y aprobar los Estatutos del Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad, y para determinar el alcance de la adscripción de recursos humanos y materiales que se establecen en la disposición adicional primera y en las disposiciones transitorias primera y segunda.
← Disposición transitoria cuarta Índice Disposición final segunda →


