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Legislación › Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.

Artículo 75.

Artículo 75.

1. Se crea la tasa por la habilitación acreditativa de los bomberos de empresa.

2. Constituye el hecho imponible de la tasa a que se refiere el apartado 1 la expedición de la habilitación para ejercer la función de bombero de empresa.

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