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Legislación › Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.

Artículo 8.

Artículo 8.

El personal voluntario está integrado por quien, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley, se halla en posesión del correspondiente nombramiento de bombero voluntario.

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