Legislación › Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Cuarto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 20 de octubre de 2005.
Tachado: lo que se quitó (76 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras).
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Cuarto.
El Departamento de Recaudación estará integrado por las siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de Coordinación y Gestión.
b) Subdirección General de Organización y Planificación.
c) Subdirección General de Recaudación Ejecutiva.
d) Subdirección General de Procedimientos Especiales.
Dependerá directamente de la Dirección del Departamento la Oficina Nacional de Recaudación.
La Oficina Nacional de Recaudación ejercerá, en la esfera central y respecto a todo el ámbito nacional, las funciones y atribuciones propias de la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como la realización de estudios e investigaciones para detectar, planificar y, en su caso, dirigir las actuaciones a desarrollar sobre sectores, situaciones u operaciones que supongan un mayor riesgo recaudatorio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de octubre de 2005 En vigor | BOE-A-2005-17211 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1998-29497 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 1994 | Texto original | Leer |


