Legislación › Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Quinto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 1994 y la del 9 de abril de 1997.
Tachado: lo que se quitó (24 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras).
Volver al texto en vigor
Quinto.
El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales estará integrado por una Dirección Adjunta del Servicio de Vigilancia Aduanera y por las siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de Organización la Unión Aduanera, Relaciones Internacionales y Asuntos Generales. Régimen Interior.
b) Subdirección General de Gestión Aduanera.
c) Subdirección General de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales.
d) Subdirección General de Relaciones Internacionales. Asistencia Técnica y Procedimientos Aduaneros.
e) Subdirección General de Estadística Planificación y Planificación. Estadística.
f) Subdirección General de Gestión de Tributos sobre el Comercio Exterior.
Subdirección General de Inspección e Investigación.
g) Subdirección General del Laboratorio Central de Aduanas. Actuaciones Químico-Tecnológicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de julio de 1998 En vigor | BOE-A-1998-18271 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 1997 | BOE-A-1997-7437 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 1994 | Texto original | Leer |


