Legislación › Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Quinto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 1997 y la del 31 de julio de 1998.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras).
Volver al texto en vigor
Quinto.
1. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales estará integrado por una la Dirección Adjunta del Servicio de Vigilancia Aduanera y por las siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de la Unión Aduanera, Relaciones Internacionales Planificación, Estadística y Régimen Interior. Coordinación.
b) Subdirección General de Gestión Aduanera.
c) Subdirección General de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales.
d) Subdirección General de Asistencia Técnica y Procedimientos Aduaneros. Inspección e Investigación.
e) Subdirección General de Planificación y Estadística. Químico-Tecnológica.
f) Subdirección General de Gestión de Tributos sobre el Comercio Exterior. Relaciones Internacionales.
g) Subdirección General de Inspección e Investigación. Operaciones.
h) Subdirección General de Actuaciones Químico-Tecnológicas. Logística.
2. Dependerán directamente de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera las Subdirecciones Generales contempladas en las letras g) y h).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de julio de 1998 En vigor | BOE-A-1998-18271 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 1997 | BOE-A-1997-7437 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 1994 | Texto original | Leer |


