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Legislación › Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Quinto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 1997 y la del 31 de julio de 1998. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras). Volver al texto en vigor

Quinto.
1. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales estará integrado por una la Dirección Adjunta del Servicio de Vigilancia Aduanera y por las siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de la Unión Aduanera, Relaciones Internacionales Planificación, Estadística y Régimen Interior. Coordinación.
b) Subdirección General de Gestión Aduanera.
c) Subdirección General de Gestión
e Intervención de Impuestos Especiales.
d) Subdirección General de Asistencia Técnica y Procedimientos Aduaneros. Inspección e Investigación.
e) Subdirección General de Planificación y Estadística. Químico-Tecnológica.
f) Subdirección General de Gestión de Tributos sobre el Comercio Exterior. Relaciones Internacionales.
g) Subdirección General de Inspección e Investigación. Operaciones.
h) Subdirección General de Actuaciones Químico-Tecnológicas. Logística.
2. Dependerán directamente de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera las Subdirecciones Generales contempladas en las letras g) y h).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de julio de 1998 En vigor BOE-A-1998-18271 Leer Qué cambió
9 de abril de 1997 BOE-A-1997-7437 Leer Qué cambió
1 de julio de 1994 Texto original Leer

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