Legislación › Real Decreto 1099/1994, de 27 de mayo, por el que se regulan las investigaciones e informes técnicos sobre los accidentes de aeronaves militares.
Artículo 12. Investigadores delegados.
Artículo 12. Investigadores delegados.
Los investigadores delegados serán nombrados por el Jefe del Estado Mayor del Ejército correspondiente o por la Secretaria de Estado de Interior, y dependerán funcionalmente de la Secretaría de la Comisión, la cual coordinará su despliegue y actuación.


