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Legislación › Ley 6/1994, de 19 de mayo, de modificación parcial de la Ley 2/1989, de 16 de febrero, sobre centros recreativos turísticos.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Se faculta al Gobierno de la Generalidad para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley, singularmente en lo que se refiere a la fianza constituida y a la forma y las condiciones de su devolución, cuando proceda.

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