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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Artículo 206. Acción protectora.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 1994 y la del 11 de abril de 1999. Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (62 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 206. Acción protectora.
1. La protección por desempleo comprenderá las prestaciones siguientes:
1. En el nivel contributivo:
a) Prestación por desempleo total o parcial.
b) Abono de la aportación de la empresa correspondiente a las cotizaciones a la Seguridad Social durante la percepción de las prestaciones por desempleo, salvo en los supuestos previstos en el apartado 2 del artículo 214, así como del complemento de la aportación del trabajador en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 214 de esta Ley.
2. En el nivel asistencial:
a) Subsidio por desempleo.
b) Abono de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria, protección a la familia y, en su caso, jubilación, durante la percepción del subsidio por desempleo.
2. Además de las prestaciones comprendidas en el apartado anterior, se desarrollarán La acción protectora comprenderá, además, acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación y orientación, reconversión profesionales e inserción profesional en favor de los trabajadores desempleados. desempleados, y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable. Todo ello sin perjuicio, en su caso, de las competencias de gestión de las políticas activas de empleo que se desarrollarán por la Administración General del Estado o por la Administración Autonómica correspondiente, de acuerdo con la normativa de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2008-20744 Leer Qué cambió
11 de abril de 1999 BOE-A-1999-8176 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 1994 Texto original Leer

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