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Legislación › Ley 3/1994, de 26 de mayo, de Artesanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 5.

Artículo 5.

La calificación legal de empresas artesanas se acredita mediante su inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sea crea al efecto.

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