Legislación › Ley 3/1994, de 26 de mayo, de Artesanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 5.
Artículo 5.
La calificación legal de empresas artesanas se acredita mediante su inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sea crea al efecto.


