Legislación › Real Decreto 1728/1994, de 29 de julio, por el que se adecua a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los procedimientos relativos a determinados derechos económicos en materia de Seguridad Social y acción social en el ámbito de la Administración Militar.
Artículo 4. Recursos.
Artículo 4. Recursos.
Las resoluciones dictadas en los procedimientos comprendidos dentro del ámbito de aplicación del presente Real Decreto no pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser objeto de recurso administrativo ordinario ante los siguientes órganos:
a) Ante el Director general de Personal, para los procedimientos a que se refieren los apartados d), e), g) y h) del artículo 1 del presente Real Decreto.
b) Ante el Secretario de Estado de Administración Militar, para el procedimiento a que se refiere el apartado i).
c) Ante el Ministerio de Defensa, para los procedimientos a que se refieren los demás apartados.


