Legislación › Ley 6/1994, de 30 de junio, de financiación agraria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 8. Beneficiarios.
Artículo 8. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las ayudas previstas en este capítulo las personas físicas y jurídicas que hayan realizado las inversiones y/o gastos regulados en el mismo.


