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Legislación › Ley 6/1994, de 30 de junio, de financiación agraria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 8. Beneficiarios.

Artículo 8. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en este capítulo las personas físicas y jurídicas que hayan realizado las inversiones y/o gastos regulados en el mismo.

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